¿Podría poner una orden de alejamiento?
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
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Sí. Si hay un seguimiento y se puede demostrar puede Vd. solicitarla por acoso psicológico. Debe para ello obtener pruebas de que hay ese seguimiento. Testigos, fotos que pueda hacer o incluso que un detective privado haga un informe en que se refleje tal conducta. Además, serán importantes los informes médicos que pueda obtener.
ABOGADO PENAL CÁDIZ NV ABOGADOS
Abogado de Puerto de Santa María especializado en Derecho Penal Económico
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Naturalmente que puede. Tan solo tiene que denunciar los hechos y es importante que cuente con el testimonio de una persona al menos que corrobore los mismos en el juzgado. Atte.
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Atentamente
debe tomar cartas en el asunto y conseguir esa orden de alejamiento, el primer paso es denunciar, ya que aunque no tenga una prueba irrefutable su declaración es válida para interponer le denuncia, sin perjuicio de que procure obtener pruebas de lo que acontece.
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
Sí puede y debe denunciar. Lo puede hacer directamente en comisaría, cuartel de la guardia civil o en el juzgado de guardia. Sería bueno aportar algún elemento probatorio, pero no es preciso. Si le urge, por el momento, puede bastar la simple denuncia.