¿Es posible cambiar multas de tráfico de mi empresa y ponerlas a mi nombre?
Equitas Abogados María dolores lopez
Abogado de Murcia especializado en Derecho Administrativo
BUenos dias, claro que se pueden pasar a su nombre, de hecho hay que hacerlo pues de lo contrario a la cooperativa la pueden multar con sanciones de 900 euros si no le identifica a usted. Eso si tenemos un plazo de 20 dias para identificarle. Mis honorarios tendria que facturarlos a la cooperativa porque es la titular del vehiculo, aunque podriamos ver otras opciones. Segun el numero de multas tengo precios muy competitivos. Cuando la empresa contrata mis servicios mensuales si tiene muchas multas que recurrir tengo precios competitivos. Cuando son multas sueltas, y no quieren contratar el paquete mensual, cobro entre 7 y 30 euros la multa. Envieme la documentacion a mi correo electronico que aparece en la pagina, si quiere a mi correo(las multas y los datos del conductor que se identificara) le envio presupuesto exacto. ¿debe indicarme a quien le deberia facturar? Un saludo
No cita usted el tipo de infracciones por las que se le imponen esas sanciones pero, por ejemplo, siempre que se trata de sanciones por exceso de velocidad, la DGT suele solicitar que se le comunique el nombre del conductor del vehículo, no sólo para que pague la sanción sino también para restarle los puntos de carné que corresponda.
Conclusión: le recomiendo que pague usted las sanciones notificadas a la cooperativa porque así se ahorrará de que le quiten puntos de carné. Todo ello, salvo mejor criterio que usted apreciará.
Atentamente,
José Antonio Ruiz Ruiz. Abogado.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
En la notificación de las multas hay un apartado de identificación del conductor. Dando los datos de esa persona la multa ya no se dirige al propietario del vehículo, sino a quien lo conducía en el momento de producirse la infracción.
Abogado Divorcio Murcia Jiménez Abogados
Abogado de Murcia especializado en Derecho del Trabajo
Buenas tardes, la empresa debe declarar que el conductor en ese momento eras tu, así, pagarás las multas a tu nombre. Un saludo de Rufino Jiménez Gómez, rufinojg@icamur.org.