Preferentes heredadas?

En caso de heredar unos bonos BCEISS, conviene cambiar la titularidad a los herederos o mantenerlos a nombre del fallecido de cara a posible demanda?
¿Podría perderse una posible demanda alegando que los herederos ya sí sabían que firmaban un producto de riesgo?

Respuestas de otros profesionales:
Basic
VELA ABOGADOS

VELA ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

VER PERFIL
Contestado

Buenas tardes:
Ningún producto financiero puede mantenerse con la titularidad de una persona fallecida, lo que significa que obligatoriamente ha de cambiarse la titularidad de los mismos en las personas de sus herederos, trámite que realizará el banco, de conformidad con el testamento o la legislación vigente.
Ahora bien, los herederos adquieren esos productos del fallecido, no negocian sus condiciones ni características, por lo tanto, perfectamente puede ser objeto de reclamación por su parte.
Si lo desean, pueden ponerse en contacto con nosotros para estudiar el asunto más a fondo. Somos especialistas en Derecho Bancario.
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO ALCORCÓN Johnson Abogados

ABOGADO ALCORCÓN Johnson Abogados

Abogado de Alcorcón especializado en Procesal Penal

VER PERFIL
Contestado

Beunos días,

El cambio de titularidad se haría efectivo una vez concluyera el proceso de adjudicación de la herencia. El que se cambie de titularidad no implica que no puedan demandar.

No obstante, es un tema complejo que sería aconsejable que acudiera a un abogado para el mejor de sus intereses, antes de realizar cualquier gestión.

Un saludo
Contacte sin compromiso
www.johnsonabogados.com

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados

Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

Contestado

Buenas tardes,

El cambio de titularidad se produce con la adjudicación de la herencia.

Convendría estudiar su caso concretamente para poder dar respuesta a su consulta relativa a la interposición de una demanda. Somos especialistas en derecho bancario por lo que si lo desea puede contactar con nosotros para mantener una reunión.

Atentamente,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
Basic
V Abogados

V Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho Concursal

VER PERFIL
Contestado

Buenos días:

Aunque cambiar la titularidad no implica renunciar a la posibilidad de demandar, nuestra recomendación es que antes de llevar a cabo cualquier modificación le recomendamos consultar a un profesional que le asesore en la viabilidad de la reclamación.

Muchas gracias

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado