Pregunta sobre la relación entre pensión de jubilación y compensación económica tras un divorcio
Abogado Abusos Bancarios Barcelona Rosa Nieto
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Mercantil
Buenos días,
La pensión compensatoria tiene como objeto proporcionar al cónyuge no trabajador ingresos en caso de divorcio, siendo que la misma se calcula en base a los ingresos actuales del conyuge trabajador y no a los futuros. De hecho la última tendencia es la de limitar temporalmente la pensión compensatoria y no convertirla en vitalicia, para ello hay que saber más datos como edad, situación personal del cónyuge perceptor, etc.
Saludos cordiales. Rosa Nieto, abogado titular del despacho NIETO-SANZ, Abogados asociados.
Hola buenas tardes
Para fijar la pensión compensatoria se atiene a los ingresos de cada uno al momento del divorcio, no a futuro. Lo que se pretende es que el perceptor de la pensión no vea mermado su nivel de vida tras el divorcio, unos cuantos años en función de lo que haya durado el matrimonio. Si el que paga está jubilado, esto se tendrá en cuenta como ingreso, pero no en otro caso. No es una compensación de patrimonios, para esto hay otro tipo de compensación.
Saludos
Ignacio Tomás
Abogado