Problemas con el alquiler de un local por fallecimiento de la dueña
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
El contrato que de arrendamiento que tenía con la propietaria fallecida (siempre que fuera propietaria y no usufructuaría) sigue siendo válido durante el tiempo que se estipule como duración del mismo.
Si no le facilitan recibo del pago, debe pedir que le faciliten una cuenta corriente donde hacer los ingresos o consignarlos en el juzgado, de forma que quede acreditado la continuidad de los pagos.
Quedo a su disposición.
Jesús Villodre
Abogado Ibiza Hornillos Marchetti Abogados
Abogado de Eivissa especializado en Derecho Penal Común
Apreciada Consultante, lo mejor es la consignación en el Juzgado, acreditando la falta de respuesta de los herederos a los que debra requerir por medio de burofax para que en plazo de diez día le faciliten los datos de la nueva cuenta del banco así como todos los datos de la persona a la que habra que hacer el ingreso del IRPF. . A falta de respuesta, hara la consignación exenta de pago de IRPF. Un saludo