Problemas con piso de alquiler: no funciona la calefacción ni agua caliente durante 3 meses

Arrendé un piso "de lujo" en un edificio recién reformado propiedad de una gran entidad bancaria; el edificio pasó dos años cerrado y desde el principio nos ha fallado todo: pasamos 2 meses sin agua caliente ni calefacción; el horno sigue sin funcionar (hace un cortocircuito y salta el diferencial); etc. Además, nos pasamos 3 meses con el ascensor sin funcionar, se encallaba 3 o 4 veces por semana, y mi piso es el sexto. Queremos iniciar acciones para que nos indemnicen al menos con el alquiler pagado en estos meses de pesadilla. Es razonable? Cómo deberíamos hacerlo? A través de la propiedad o de la gestora del edificio? Todas las incidencias están reportadas por mail y documentadas con fotos y partes de servicios técnicos.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Juan Gargallo Monzón

Abogado Juan Gargallo Monzón

Abogado de Valencia especializado en Derecho Penal

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Lo que afecta a problemas en elementos comunes debería tratarlo con la gestora y/o administrador. Que le facilite los datos de con qué persona concreta tratan en representación del banco (lo cual le sirve para "re-insistir" personalmente a alguien determinado y no al "banco"). Lo de la indemnización lo veo dificil en solitario. Sobre las deficiencias en su piso concreto, comunicadas previamente, debería darles un plazo para arreglarlas, avisando que si no reparan lo hará usted y descontará las facturas pagadas del próximo recibo del alquiler. Si tiene domiciliado el pago, "amenace" con dar orden de no domiciliación y exija por escrito que le proporcionen una cuenta donde abonar el alquiler dados los reiterados "incumplimientos del arrendador" en las reparaciones. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

ABOGADO TERRASSA - JORGE ZAMORA VALLE

Abogado de Badalona especializado en Derecho de Familia

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Las acciones debe iniciarlas contra el que conste como su arrendador en el contrato. Lo idóneo es realizar un requerimiento previo al mismo por vía extrajudicial (recomendamos un borofax con certificación de contenido), y si se lo realiza un abogado mejor (verán que van en serio); en cuanto al procedimiento judicial (por si no atienden a su requerimiento) pueden ustedes interesar un descuento de los recibos pagados (pero no su devolución total), así como también la resolución del contrato. Para cualquier otra información quedo a su entera disposición.

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