Prohibida de entrada mi casa

Hola, en el año 1949 una casa es divida en 8 partes privativas de desigual superficie, además de en zonas y derechos comunes como pozo etc.
Todos heredan sus parte perfectamente identificadas y delimitadas y a mayores
sus derechos de copropiedad, como así lo especifica el cupo partja privado (no registrado)
Ahora yo heredo mediante escritura notarial una de las 8 partes de la dicha casa y le comunico al copropietarios mi decisión de tomar posesión de mi finca
Al ir tomar posesión se me deniega el acceso bajo la excusa que no tengo titulo de propiedad valido, pues mis escrituras dicen que : "HEREDO LA 1/8 PARTE DE LA CASA INDIVISA"
1- ¿Podría este notario haber incurrido en algún error? Que hacer en caso afirmativo?
2.- ¿Como obligar se me autorice la entrada y que daños, perjuicios puedo pedir?

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Por los datos que nos proporciona, parece que el Notario ha podido cometer un error al adjudicarle a usted la octava parte de la casa indivisa y al resto de los coherederos partes debidamente identificadas. No obstante, para poder darle una respuesta adecuada, es muy importante ver todos los documentos de los que dispone: escritura del notario y partija privado. Si existiese error por el notario, se podría hacer una modificación en la escritura haciendo constar la parte exacta que se le adjudicó a usted y, con dicha rectificación, solicitar a los demás coherederos su toma de posesión, mediante burofax. Si estos no quieren autorizarle la entrada, tendría que plantear una reclamación judicial. Quedamos a su entera disposición para cualquier aclaración.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
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Para poder contestar a sus dudas es conveniente ver el documento de partija privado y la escritura notarial. Es difícil , pero no imposible, que el Notario hubiese cometido algún error. En caso afirmativo tendría que hacer una rectificación en la escritura de adjudicación a Vd. de 1/8 de la propiedad. Una vez revisados los documentos , y de ser correctos, convendría enviar a los copropietarios un Burofáx comunicándoles una fecha para la toma de posesión y de negarse ellos, plantear una demanda en el Juzgado reclamando daños y perjuicios que realmente le ocasionen y pueda acreditar. Quedo a su disposición.

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