Prorroga contrato de alquiler de viviendas
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
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La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que durante los tres primeros años de duración del contrato, la fianza no estará sujeta a actualización. Pero una vez se prorrogue sí que podrá el arrendador incrementar la fianza si la renta mensual que está pagando también es superior. Un saludo de Patón Abogados
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Hay que ver el contrato para saber si pactaron algo sobre lo que dice. No obstante, si nada se pactó, la fianza debe ser actualizada para que se ajuste al importe de la nueva renta si quiere que le prorroguen el contrato por haber trascurrido ya la duración mínima del alquiler prevista en la Ley. Si desean que veamos el contrato, pueden enviárnoslo, en cuyo caso les diremos antes cuánto cuesta la consulta.
Una vez finalizado el plazo inicial pactado, en caso de que la prórroga implique un aumento en la renta, lógicamente habrá que actualizar la fianza.
Saludos
Cristina Accarino
CAPN ABOGADOS
BARCELONA
Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Urbanístico
Buenas tardes,
Es lo lógico, para actualizar la fianza a la renta actual.
Un saludo.
Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico
Si la fianza hay que actualizarla al nuevo alquiler.