Próximamente voy a firmar mi prejubilación

El encargado quiere que haga guardias de fin de semana. ¿Es esto legal?
Yo no estoy de acuerdo y no quiero hacerlas, gracias.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Logo-anonimous-w100

EVA CUADRADO CARREÑO. ABOGADA AVILÉS

Abogado de Avilés especializado en Derecho Civil

VER PERFIL
Contestado

Para poder responder a su pregunta con total exactitud es necesario conocer que convenio colectivo se aplica a su relación laboral. Si saber este dato es imposible darle una respuesta. Le aconsejo que acuda a un profesional de su zona y que vaya con su contrato, de este modo el compañero sabrá cuál es su convenio colectivo. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Despidos Pamplona - Sernaem Abogados-Consultores
Contestado

Habrá que examinar si el convenio colectivo de aplicación establece la obligatoriedad de realizar guardias durante días festivos, con arreglo a la distribución que convencionalmente se establezca de la jornada. También podría existir algún tipo de exclusión de realizar esas guardias atendiendo a la edad del trabajador.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Contestado

Seria necesario ver su contrato de trabajo y convenio colectivo antes de poder darle una respuesta adecuada.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
Contestado

Buenos días, es necesario ver el convenio regulador y su contrato para darle una respuesta adecuada.

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado