¿Puede el banco cambiar la puerta de mi piso para que no entre?

Vivo en un un bloque de pisos que era de una inmobiliaria pero ahora los pisos han pasado a un banco. En algunos viven familias pero en otros no. Han venido de seguridad del banco con un cerrajero y han puesto una puerta de metal en los pisos vacíos. Me amenazan con que van a poner también una puerta de metal en el piso cuando salga de casa.
La comunidad me informa que el banco dice que puede hacer eso. Yo estoy cansada de amenazas y creo que desde el banco me debería llegar algún aviso sobre el cambio de propiedad. ¿Sería ilegal esto de poner una puerta?

Respuestas de otros profesionales:
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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Ignoro cual sea el régimen de ocupación de la vivienda actualmente, en todo caso, debe ser advertida y desalojada mediante una orden judicial ya que de otro modo se cometería un delito o falta de coacciones o realización arbitraria del propio derecho, al limitar e impedir el acceso a la vivienda y a sus efectos personales que se encuentren en la misma; lo único que puede alegar el banco es que según su documentación se encontraba vacía, pero puede Vd. presentar denuncia en el Juzgado de guardia o policía si se produjera tal hecho. Espero haber sido útil. Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Responsabilidad Civil Bilbao STAFF LEGAL
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Si usted tienen un contrato de arrendamiento que legitime la ocupación de su vivienda, no tienen nada que temer.

En ningún caso, al tratarse de su domicilio, pueden, ni ocupar su vivienda, ni cambiar la puerta o la cerradura, sin autorización judicial.

Si recibe cualquier amenaza, no dude en denunciar al juzgado y,e n cualquier caso, lo mas conveniente es que contacte con un abogado, para que le asesore debidamente y haga las gestiones necesarias para que dejen de perturbarle en la posesiono de su domicilio.

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CINTA RAMS ALBUISECH

CINTA RAMS ALBUISECH

Abogado de Gandesa

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Si la vivienda está ocupada, sea por el título que sea, el banco no puede actuar por la vía de hecho, tiene que conseguir el desalojo judicialmente. Si lo hace podría estar cometiendo un delito.

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