¿puede llevarse a mis hijos menores de edad si no tiene el régimen de visitas dictaminado?
Abogado Divorcio Murcia Jiménez Abogados
Abogado de Murcia especializado en Derecho del Trabajo
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes, mientras no tenga la sentencia te aconsejo que no le niegues verlos, pero siempre acompañada de alguien, nunca a solas.
En cuanto a lo que se puede llevar, que espere a la sentencia, no debe de faltar mucho, si le hacen falta, es cuestión de que hagas un listado de lo que le entregas y que te firme la entrega con testigos.
Habrá que ver que se determinó en ese juicio rápido, si se celebró, ya que todo juicio rápido va acompañado de su correspondiente sentencia. Otra cosa es que al mes presente demanda de divorcio y alli quiera afianzar lo indicado, si así fuese, en esa sentencia de Juicio rápido.
Sin sentencia ni medidas adoptadas al respecto, tiene el mismo derecho a llevárselos, como usted a no dejárselos.
Con respecto a las cosas, si hubo orden de alejamiento, -parece ser al decir que no se puede acercar -, permitirle que se lleve cosas que usted sabe que son suyas, sería lo normal. Pero anote todas esas circunstancias y/o tenga testigos de ello, por lo que pueda pasar.
ABOGADO SUCESIONES MURCIA - JOSEFA MARÍN PLAZA
Abogado de Murcia especializado en Derecho Penal Común
Mientras no haya sentencia o Auto donde se fijen las medidas respecto de los menores, su pareja no tiene derecho a llevarse a los niños. Entiendo que al ser Juicio Rápido fue por malos tratos, la Juez de Violencia habrá establecido de forma provisional unas medidas respecto de los menores.
Las cosas que se puede llevar de la casa son las estrictamente personales, si las herramientas son para trabajar o trabaja con ellas, se las debe entregar.
Si existe una orden de alejamiento respecto de usted, el no se podrá acercar a su domicilio para verlos ni llevarselos.