¿Puede la seguridad social quitar una pensión que era de por vida?
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Contestado
Efectivamente el INSS puede revisar las incapacidades permanentes reconocidas y si aprecia que las limitaciones han mejorado, puede dar de alta al beneficiario.
La opción que les queda es impugnar esta resolución del INSS, el plazo para presentar una reclamación previa es de 30 días desde la recepción de la resolución. Una vez resuelta la reclamación, si se la desestiman, podrán acudir a la vía judicial, como ya hicieron hace 10 años.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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