¿puedo demandar al juez?
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Contestado
Buenas tardes,
Entiendo que se adopró una medida cautelar a instancias de su cónyuge, se les debió convocar a una vista, y o no fue o sus argumentos fueron desestimados. Si han sido adoptadas antes del proceso, puede solicitarse su revisión posteriormente. Si ynulidaa han pasado esos trámites hay que luchar para que en la sentencia conste que la obligación, como usted dice, quede para el usuario de la vivienda. Por último, si el embargo se trata de un error del juez y no de una medida cautelar, hay muchos otros medios para remediarlo, como solicitar la nulidad de actuaciones. La responsabilidad del juez puede darse, pero es un último recurso. Si quiere mas información, estaremos encantados de proporcionársela.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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