¿Que puedo hacer en esta situación?

Trabajo como encargada,con un contrato de obra y servicio,en unos días cumplo año y mañana tengo reunion con el jefe en la que me temo que querrá decir que hagamos horas de mas gratis y todo lo que a el se le antoje y que si no lo queremos ya sabemos donde esta la puerta,que es lo que utiliza habitualmente,entonces quiero saber si llegado ese momento yo no quiero aceptar tendría que marcharme yo o podría decirle que yo solo estoy obligada a las horas de mi contrato y a las funciones que en el se indican.
Aparte también preguntar que tengo 21 días cotizados de el año 2010,si no llegara a cumplir el año en esta empresa a falta de uno 15 días esos 21 se me suman para completar el año?

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Estimada cliente tu cuestión juridicamente es sencilla, aunque tienes que valorar personalmente mantener o no el puesto de trabajo.
Ten en cuenta que la mayoria de los contratos por obra o servicio se realizan en fraude de Ley, ya que no se corresponden, con una obra o servicio determinada, por lo que con toda probabilidad esres fija, la cuestión esta en la antiguedad para reclamar en el supuesto de un despido, evidentemente no tienes porque hacer horas extras, salvo existencia de una causa de fuerza mayo y seria excepcionalmente, en cuanto a los dias cotizados no es una cuestión de una fecha u otra para completar el periodo para tener derecho a una prestación por desempleo es una cuestión deperiodo, por lo tanto si tienes cotizado 365 dias tienes derecho independientemente de que coincida o no con el año natural.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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HDH ABOGADOS VALENCIA

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Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenas tardes,

sólo tienes que hacer las horas que señala tu contrato, si haces horas extra tienes un año para reclamarle su valor.

Sobre el tema de la seguridad social no te puedo ayudar, porque es de las pocas materias que no tocamos en el Despacho. Un saludo,

David.

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Hola.

En principio, as horas extras son voluntarias. Por tanto, no te puede obligar.

No tienes porque marcharte. Te tiene que despedir.

¿Por qué dices lo de 1 año?

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