¿Qué puedo hacer si la comunidad de vecinos me reclama metros de mi local?

La comunidad de vecinos quiere bajar el ascensor a cota 0, para esto tienen que coger 3 metros de mi local, el hueco que me cogen es el hueco bajo escalera del portal que el constructor me vendió y dijo que podía usar y disfruto desde hace 30 años, pero resulta que no consta en las escrituras y la comunidad de vecinos lo reclama como suyo.

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Buenas tardes.

Lo que usted nos comentan su correo electrónico es un caso muy habitual, ya que ocurre que algunos usuario se ven amenazados por las comunidades de vecinos cuando los especios que están utilizando son reclamados de manera judicial o extrajudicial por las mismas.

En este concreto caso, convendría analizar detenidamente la escritura y los planos de su local ya que de esa manera podríamos proceder en una doble vida.

Primero, proceder a la inscripción de son metro del local en caso de que lo mismo no voy a sido ya registrad.

Segundo, enviar un buró fax a la comunidad para que se tenga de realizar obras en ese espacio.

Tercero, en caso de que usted decir hacer son metro informar a la comunidad de guste es propietario titular de los mismos y en el peor de los casos realizar una venta segura aumentando el precio es máxima.

Toda la opciones comentado anteriormente son alternativas, es decir no es necesario realizar las todas a la vez, sino solamente acometer aquellas que sean más interesantes para usted.

Lo importante sería que se pusiera en contacto con nosotros.

Esperando su respuesta reciba un cordial saludo.

Atentamente

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Todo espacio que no haya sido definido como privativo es común en un principio, por lo que es posible que esta naturaleza tuviera en su origen el "hueco bajo la escalera" que reclama la Comunidad y que, según dice, "no consta en las escrituras"; 2) Ahora bien, también comenta que dicho espacio lo disfruta "desde hace más de 30 años", por lo que la acción de la Comunidad para reclamarlo estaría prescrita siempre que pueda probar lo que afirma y, llegado el caso, lo pruebe con la suficiente contundencia en un Juzgado; 3) No obstante, aunque tenga razón y se reconozca, incluso, que el espacio es suyo, la Comunidad podría seguir con su intención de instalar el ascensor por donde pretende y de privarle de dicho espacio; 4)
Por todo ello, dada la complejidad de la cuestión que plantea, le aconsejamos que busque cuanto antes el asesoramiento de un abogado, por lo que si quiere contactar con nosotros puede pedirnos una cita por teléfono o por email.

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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El tema que me comenta es muy habitual. Señala que dicho espacio no está contemplado en su escritura. Señalar que aquello que no está definido como privativo es común de la comunidad. NO obstante, y dado que según dice lleva más de treinta años usando dicho espacio como dueños, podría hacer valer sus derechos de propietario.
No obstante, la comunidad de propietarios tiene un derecho preferente a poder adquirir espacios privativos para realizar obras para la comunidad que en este caso son para eliminar barreras arquitectónicas.
Por ello, lo procedente sería ponerse en contacto con tu abogado a fin de examinar la documentación, así como planos y poder iniciar los trámites pertinentes. Nuestro despacho está a su disposición para cuanto necesite.

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenos días,

Lo mejor que puede hacer es consultar directamente con un abogado puesto que en los temas de supresión de barreras arquitectónicas, instalación de ascensores..., la comunidad tiene una serie de prerrogativas que hacen que tenga una mayor fuerza. En cualquier caso, si le ocupan un espacio que realmente puede demostrar que es suyo, esto generaría un derecho a indemnización

Saludos

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