¿Puedo pedir indemnización por un cambio urbanístico del ayuntamiento que me cierra el negocio?
Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
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1 profesionales de acuerdo
Pueden darse dos supuestos:
- Que, a pesar del cambio de calificación urbanística, le permitan la continuidad de la actividad. Quedaría en situación legal de fuera de ordenación (en principio, no indemnizable).
- Que, como señala en su relato, no le permitan la continuidad del negocio. Este supuesto es objeto de indemnización por vinculación singular. Tiene plazo de un año desde el cambio de planeamiento para formalizar la reclamación.
Quedo a su disposición para cualquier consulta.
Jesús Villodre.
Estimado consultante, el cambio de aprovechamiento lleva consigo un plan general de ordenación urbana o un plan parcial donde figuren ademas, las expropiaciones necesarias para reparcelar, Le sugiero que se persone en el procedimiento y se asegure de que su industria al estar en funcionamiento se encuentra debidamente valorada y que no se encuentra cubierta por ningún programa de protección ambiental o arquitectónico A su disposición
Con estos datos es difícil contestar, debería ampliarla con más antecedentes.