¿Puedo poner una orden de alejamiento a mis suegros?

¿Podemos poner la orden?¿Y si no tenemos pruebas? Solo llamadas.

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Contestado

En relación con lo que preguntan, les precisamos lo siguiente: 1) La violencia en el ámbito familiar ("violencia doméstica") puede dar lugar a una medida de protección como la que mencionan ("orden de alejamiento"); 2) Pero para que sea adoptada, tendrán que ser los supuestos hechos que denuncien penalmente relevantes y probar, indiciariamente, que es necesaria dicha medida durante la tramitación del procedimiento, ya que sin pruebas suficientes no prosperará su petición, sin perjuicio de que pueda continuar el procedimiento y terminar, incluso, con sentencia; 3) Si dicen que tienen llamadas, su eficacia y valor probatorio tiene que ser analizado por un profesional antes de dar un paso; 4) Por eso les aconsejamos que busquen un abogado y si quieren contactar con nosotros lo pueden hacer por teléfono o email. Trabajamos en toda España y siempre con presupuesto previo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado