¿Ante quién y cómo podemos poner la denuncia?

Vivimos en un piso del EMV en régimen de alquiler. Llevamos muchos años con la puerta del portal estropeada. Por una parte es normal porque no tiene arreglo, es de aluminio y no resiste más cambios de cerradura, hay que cambiarla y poner una de hierro para que no se pueda romper. Hemos hecho escritos al EMV durante muchos años y lo último que ha respondido (hace años) por escrito, es que hay una comunidad de propietarios, por lo tanto se lo tenemos que pedir a ellos, y la comunidad de propietarios dice que tiene que hacerlo el EMV ya que la mayoría de las dos fincas es de ellos. Encima hace unos años nos subieron la cuota de comunidad más de 100% y seguimos con la puerta rota. ¿Qué podemos hacer? Yo estoy decidida a ir hasta el final.
Nuestros pisos fueron otorgados en régimen de alquiler por un pleno. Estas viviendas fueron entregadas a raíz de una expropiación de la casa en la que yo vivía. Cuando yo llegué a vivir, la puerta del portal estaba siempre rota por unos vecinos de mal vivir. Nosotros administrábamos la finca, hasta que un día, nos dijeron que nosotros no la administraríamos más e hicieron una comunidad con dos locales que son propietarios, más el EMV que es propietario de 20 pisos. Por eso sabemos que el responsable último es el EMV, pero este delega su responsabilidad en la comunidad.
Solo queremos saber cómo poner la denuncia y ante qué organismo.

Gracias

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Por su relato, y habida cuenta que la EMV, es la propietaria mayoritaria de las viviendas del edificio, estimo que debe ser la máxima responsable de la comunidad de propietarios y de su correcto funcionamiento.
Como quiera que se trata de una empresa que, aunque actúa en el ámbito privado, ejerce competencias por encomienda del Ayuntamiento de Madrid, creo que lo procedente sería que los vecinos hicieran un escrito conjunto con carácter de reclamación previa a la vía civil ante el Ayuntamiento y, en caso de inactividad, exigir por la vía civil las reparaciones que, como propietario, le competen a la EMV - Ayuntamiento.
Quedo a su disposición.
Jesús Villodre

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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PRAGMATIS ASESORES
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La EMV es un miembro más de la comunidad. Cualquier vecino puede pedir la celebración de una junta extraordinaria, y si en la misma se aprueba el cambio de la puerta por tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, la obra se puede llevar a cabo y la Comunidad soportará este gasto.

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