¿Quién debe hacer el trámite para dejar de pagar la pensión de alimentos?
Como le han indicado el procedimiento puede ser de mutuo acuerdo firmando un convenio en el que se recoja la supresión de la pensión de alimentos que debe abonar el hijo, ya que éste ha alcanzado independencia económica. Dicho documento también debería estar firmado por el hijo. El procedimiento contencioso sería en el caso de existir discordancia entre los padres, pero en el presente caso parece claro que están de acuerdo. Un aspecto importante a tratar es si se han pagado la pensión de alimentos desde que el hijo está trabajando o por el contrario se siguen abonando. Si no se han pagado, por estar ustedes de acuerdo mi opinión es que se recogiesen igualmente esa circunstancia en el convenio. Por otro lado, podrían intentar presentar un escrito en el procedimiento principal donde se dictó sentencia de divorcio o separación, firmado por ambos progenitores así como por el hijo, indicando que ambas partes están de acuerdo en dejar sin efecto la pensión de alimentos estipulada en su día dado que el hijo ha alcanzado la independencia económica, debiendo firmar igualmente el hijo. Con éste trámite así se podría evitar los gastos de un procedimiento judicial de modificación medidas para suprimir la pensión. No obstante, deben ponerse en contacto con un abogado para realice una u otra gestión.
Buenos días,
Para extinguir la pensión de alimentos, pueden hacerlo ambos de mutuo acuerdo presentándolo en el juzgado con abogada/o y procurador/a.
O bien puede usted esperar a que él interponga una demanda contra usted solicitando esto mismo, también necesitará abogada/o y procurador/a pero esta vez necesitarán un profesional distinto cada uno mientras que en el mutuo acuerdo pueden hacerlo con la misma abogada y procurador/a.
Quedo a su disposición.
Un saludo
ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
Abogado de Oviedo especializado en Derecho de Familia
Deduzco que su hijo no se habla con su padre. Seria suficiente con que el padre dejara de ingresar la pensión de alimentos mensual. El que debe promover una modificación d medidas , en todo caso, es el padre. También puede su hijo comunicarle a su padre, de manera fehaciente, que esta trabajando .
Estimado cliente: Puede hacerse de dos formas: De mutuo acuerdo o mediante una demanda que interponga el padre. Si no es cuestión conflictiva el deben ponerse de acuerdo y comunicarle al juez el mismo.