¿Quién paga por un asesinato el monto fijado en la sentencia?
Abogado Accidentes de Tráfico Madrid Centro Blanco Segarra
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Siempre no, pero si un plazo muy largo para que ejecutar la sentencia. Existe una ley que se llama ley para víctimas de delitos violentos que prevé indemnizaciones del estado en determinadas circunstancias. Es una ley muy restrictiva y poca gente se puede beneficiar de ella, pero tal vez ustedes podrían. Sería cuestión de examinar si ustedes cumplen con los requisitos para ser beneficiarios de esa ley, aunque ya le adelantó que casi nadie lo es, es una ley que prácticamente no sirve para nada.
Siento no poder darle una respuesta más optimista.
Estimado cliente: Debe pagarlo la persona que fue condenada por los hechos. Le aconsejamos que inicie un procedimiento de ejecución para poder asumir el cobro de la indemnización. Nuestro bufete tiene más de 30 años de experiencia en la resolución de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional. Puede ponerse en contacto con nosotros. Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo. Atentamente.
Abogado recobro impagados Madrid - Consulting Abogados las Hazas
Abogado de Madrid especializado en Reclamaciones de Impagados
Buenos días;
En principio, la indemnización debe pagarla el condenado. No obstante, para el caso de que el condenado fuera declarado insolvente, recomendamos que revise la Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos para comprobar si tienen derecho a algún tipo de ayuda o indemnización por el delito.
Abogado Propiedad Horizontal Málaga SEGOLEY
Abogado de Alhaurín el Grande especializado en Derecho Inmobiliario
Buenas tardes,
Deberá ejecutar la sentencia contra los bienes del condenado, y efectivamente, lo deberá siempre que no prescriba por su desinterés.
Ahora bien, que efectivamente pueda cobrarlo depende de su solvencia.
Abogado Delitos Penales Bilbao Koldo Damborenea
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Penal
Buenas tardes, debe pagarlo el condenado con el dinero o bienes que posea. Si una vez ejecutada la sentencia, no paga de manera voluntaria ni se le pueden embargar saldos ni bienes, no podrán cobrar la indemnización hasta que mejore su fortuna. Un saludo