Recibo de señal en una compra-venta, sin fecha límite.

Hola. ¿Que pasa si se firma un recibo de señal, en una compra-venta, pero el vendedor no ha puesto fecha limite para escriturar?. Gracias y Saludos.

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JAVIER L. VALERO BERMEJO - ABOGADO

JAVIER L. VALERO BERMEJO - ABOGADO

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes. Yo le aconsejo que si es ud. el comprador, acuda a una Notaría de su elección con el recibo de la señal y comunique al vendedor a través del Notario el día y la hora para que tenga lugar el acto de la firma.
Un saludo.

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LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

LACAMBRA DESPACHO DE ABOGACÍA SLUP

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenos días:
Por seguridad jurídica, se debe indicar un plazo para escriturar. Si no se indica, podría exigirlo judicialmente.
Contacte con este despacho, atentamente.

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Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
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Buenos días, se tiene que señalar un plazo y sino se señala, tiene que acudir a la vía judicial. Contáctenos.

Un saludo

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