Recibo de señal en una compra-venta, sin fecha límite.
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Buenas tardes. Yo le aconsejo que si es ud. el comprador, acuda a una Notaría de su elección con el recibo de la señal y comunique al vendedor a través del Notario el día y la hora para que tenga lugar el acto de la firma.
Un saludo.
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Buenos días:
Por seguridad jurídica, se debe indicar un plazo para escriturar. Si no se indica, podría exigirlo judicialmente.
Contacte con este despacho, atentamente.
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Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
Abogado de Cádiz especializado en Derecho Laboral
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Buenos días, se tiene que señalar un plazo y sino se señala, tiene que acudir a la vía judicial. Contáctenos.
Un saludo
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