Reclamación legítima
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes
El plazo era de quince años por tanto en principio depende de en qué mes se efectuó sí que interrumpió es decir que se hizo dentro de plazo. Luego son diez años más por lo que no ha prescrito. De todos modos le ofrecemos una visita sin coste para valorar todo el asunto y determinar exactamente si procede la reclamación.
Ignacio Tomás
Abogado
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
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La acción de reclamar una herencia está sujeta a unos plazos de prescripción , que son 30 años . Art 1963 del Código civil . Somos especialistas en herencias , podemos ayudarle .
Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Urbanístico
Buenos días,
Debería analizarse toda la documentación existente, ya que la legislación acorta los plazo de prescripción par dicha reclamación y habría que estudiar la viabilidad de la reclamación.
Un saludo