Reclamar paternidad y custodia compartida a los 3 años

Tengo un niño de dos meses con mis apellidos solo , su padre se desentendió de el y de mi desde que estaba embarazada de tres meses, cuando nació el niño vino a verlo alegando que no me iba a pasar manutención para el niño pero que quería verlo cuando el quisiera, yo me negué y aun sabiendo que no me iba a pasar manutención y le dije que si quería podía verlo una vez a la semana a lo que el me respondió que si no lo veía cuando a el le diera la gana entonces no lo vería.
Ha hablado con una amiga y le ha dicho que se esperara a que el niño tenga tres años y me pedirá reconocerlo y custodia compartida, algo a lo que yo me niego porque ni quiero que lo reconozca con sus apellidos ni nada de el, porque creo que si nunca ha estado al lado de su hijo ni le ha dado nada en ningún sentido ni cariño ni un techo ni alimentos ni una cunita donde dormir NADA DE NADA para que quiere reclamar los apellidos y custodia compartida de un niño que ni siquiera lo conoce... bueno mi pregunta es: ¿es eso posible? ¿puede un padre que no ha reconocido ni visto ni nada a su hijo desde que nació aparecer después d 3 años reclamando para darle los apellidos y tener custodia compartida? ¿hay algún juez el el mundo que le daría lo que pretende pedir este hombre?

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Juan Trujillo González

Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia

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La consulta tiene dos apartados. Primero, si él quiere reconocer al niño en el Registro Civil, es muy sencillo si Vd. está de acuerdo; en caso contrario Vd. o él deberán presentar una demanda judicial para determinar que es el padre, lo cual se prueba con el ADN. Una vez determinado que es el padre, deberá regularse la guarda y custodia, régimen de visitas y pensión de alimentos. Mientras no se determine que es el padre, no tendrá ningún derecho ni obligación. El tema de la guarda y custodia (para el padre, la madre o compartida), será el Juzgado quien lo decida. Suerte.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Jacobo Joaquín Santana Nuez
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La acción de reclamación de filiación es imprescriptible así que es una posibilidad que tiene. Respecto a la guarda y custodia compartida veo mayor dificultad aunque, como le indica el compañero, será el Juez correspondiente el que determine la viabilidad o no de esa pretensión atendidas las circunstancias del caso.

Espero que le haya servido de ayuda.

Saludos.

Jacobo Joaquín Santana Nuez
Letrado del Ilsutre Colegio de Abogados de Las Palmas

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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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El reconocimiento de paternidad puede hacerlo en cualquier momento. Si lo hace estará obligado a pagar mensualmente una pensión alimenticia y un régimen de visitas. La custodia compartida en más complicada que la otorguen. Le aconsejo que no le permita ver al niño en su actual situación. No envié ningún whatsapp reconociéndole derecho alguno . Si le interpone una demanda acuda inmediatamente a un abogado.

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González Torres Abogados
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Estimada señora:

Teóricamente el padre tiene un año para reclamar la paternidad. Usted podría oponerse por negar la previa relación sentimental y por prescripción de la acción para reclamar la paternidad, y con ello el posterior régimen de visitas.

Pedro Torres Romero (abogado)

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