Recogida de mis muebles

Buenos días, mi hija se fue a vivir con su novio, por cuestiones que ahora no proceden, la relación se a roto, ella ha comprado a su nombre muebles, cama, frigorífico etc., cosas que algunas de ellas se encuentra pagando todavía.
Mi pregunta es como puede proceder para retirar esas pertenencias suyas y si hay algún articulo legal que ampare dicha actuación.
Muchas gracias.

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Abogado Civil y Administrativo en Madrid Miguel García Jiménez
Contestado

Los esponsales o promesa de matrimonio, consisten en la promesa recíproca de matrimonio que realizan dos personas. Se regula en los Art. 42-43 ,Código Civil. El incumplimiento sin causa de la promesa cierta de matrimonio hecha por persona mayor de edad "producirá la obligación de resarcir a la otra parte de los gastos hechos y las obligaciones contraídas en consideración al matrimonio prometido". Esta acción caducará al año contado desde el día de la negativa a la celebración del matrimonio (Art. 43 ,Código Civil).
En el presente caso, estamos ante una "pareja de hecho". La pareja de hecho es la unión de dos personas de distinto sexo o el mismo que conviven de forma pública y estable, con intereses comunes en el desarrollo de una vida familiar, pero que no han contraído matrimonio. Las parejas de hecho y los matrimonios comparten algunos derechos, pero no todos los derechos que se aplican a los matrimonios se aplican a las parejas de hecho. En cualquier caso, al "vivir juntos" los novios establecieron un contrato verbal de ayuda mutua, de modo que ambos tienen obligaciones recíprocas. Es decir, cada una de las partes se hace prometer una prestación y promete a otra a título de contrapartida de aquella. Por consiguiente, la novia tiene derecho a exigir responsabilidad al novio que ha abandonado el domicilio de ambos y se ha desentendido de las obligaciones adquiridas. Resulta de aplicación lo previsto en el Art. 1124 del Código Civil: El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados MGM

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal

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Buenos días.
Si la compra del mobiliario y otros enseres ha sido únicamente de su hija, puede retirarlos sin ningún problema. Es conveniente que antes de hacerlo avise de que acudirá a la vivienda si ya no reside allí.
Si tiene cualquier otra duda o necesita más información puede contactar con nosotros sin compromiso.
Un saludo.

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