Recuperación de deudas
Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil General
En primer lugar tenemos que saber cual es la ley aplicable.En este caso si el contrato se celebró en España sería la ley española (entiendo que no se ha pactado la ley aplicable, no hay nacionalidad común ni residencia habitual común). Si se aplicara la ley española, las obligaciones nacidas de contrato prescriben a los 15 años según el código civil. Se puede reclamar la deuda ante los tribunales españoles. Para una ulterior consulta quedo a su disposición.
Entiendo que no están prescritas y si la operación se realizó en España, será aquí donde habrá que reclamar, pero ojo, habrá que citarle en la República Chequa a través de comisiones rogatorias que tardan mucho tiempo ¿ha pensado Ud. en la opoción de la mediación? Es mucho más barata e incluso de puede hacer a trávés de internet. Si desea que amplíe esta información, póngase en contacto con este Despacho, en el tlf. 91 571 01 41
La accion para reclamar las facturas no habria prescrito.Puede reclamarlas en España,siempre cuando el suministro de mercancias a que se refieran las facturas se haya hecho en España.Pero, en todo caso, el deudor debe tener un domicilio en España, en el wue se le noficara la reclamacion judicial.
Existen dos formas para reclamar:
1) interponer la demanda en Alzira y luego ejecutar la sentencia en la R. Checa.
2) Interponer la demanda directamente en el juzgado competente donde reside el deudor en Checa.
Por tratarse de un caso civil no esta prescrito.
Ponganse en contacto con nosotros en el telefono 96 3941181 o acuda a visitarnos en Cirilo Amoros número 66, 4 planta, pta. 8. Tambien nos localiza en la direccion de correo maria.llisterri@iurenet.com
La primera consulta es gratuita.