Recurrir entrada a prisión
Buenas noches: habría que ver la pena que le han impuesto, si se ha abonado la responsabilidad civil, si se le reconoció la drogodependencia como circunstancia en el delito y las circunstancias que concurren y se podría aplicar el artículo 80 del Código Penal. Convierte una cita y les podré asesorar de una manera más correcta. Un saludo
Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Buenos dias, tal y como dice el compañero habría que ver el procedimiento, la pena impuesta, el abono de la RC etc. Le recomiendo que acuda a un abogado de su zona que tras estudiar su situación pueda darle una solución
Un saludo
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Sin ver su expediente es difícil valorarlo, por lo que lo más recomendable es que hable con el abogado que ha intervenido en el procedimiento para que le diga si es posible en su caso lo que plantea.