Recurso de amparo de la seg.social

En su momento, por motivos que no vienen al caso, perdí una pierna. 3 años después se le ganó el juicio a la Seg. Social que debía concederme la pension de invalidez con caracter retroactivo desde la fecha de la amputación pero la pensión si la pagan mensualmente habiendo interpuesto un recurso de amparo sobre la parte retroactiva, ¿Que hago ahora?

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Gabinet Permar, S.L

Gabinet Permar, S.L

Abogado de Olot especializado en Derecho Laboral

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Señor,
Si usted tiene una sentencia estimatoria y firme, el INSS le liquidará la totalitad de las cantidades adeudadas , desde la fecha del hecho causante, de acuerdo con la base reguladora reconcida en sentencia y el porcentaje que le corresponda por la invalidez reconocida.

De todas formas entiendo que todo el procedimiento se lo ha gestionado un profesional. Contacte con él que, conociendo los detalles del caso, será quien mejor le informará.

Salud!

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ELISABETH EMBID GARCIA

Abogado de Blanes especializado en Derecho Laboral

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Buenos días,

Tendría que revisar la información para poder responder, pero, aunque haya recurso presentado no obsta a que se abonen los atrasos.

Un saludo,

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ADVOCAT LABORAL i SEGURETAT SOCIAL i FAMILIA Girona i Figueres - Santiago Perez
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La Seguridad Social le pagará la parte retroactiva cuando sea firme la última sentencia del procedimiento judicial.

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