Recurso de multas: embargo

Hola, mi caso es el siguiente:
Después de varios años sin saber nada de unas multas que se notificaron en 2007 y 2008, fueron recurridas y ahora, en 2014, recibo un embargo en cuenta de 500€ y a base investigar, me indican los expedientes relacionados. Ya agotadas todas las vías, reclamo que no se me han notificado en mi domicilio dicho embargo ni sanciones, estando correctamente actualizados en DGT y resto de administraciones. ¿Debería meterme en Juicio Contencioso-Administrativo? Me da rabia como abusan sin darte derecho a defenderse.

Gracias

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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En mi opinickión, y, a bote pronto, y a falta de conocer todos los entresijos de los expedientes, atisbo que la Administración, antes del embargo de sus bienes debería de haberle notificado en su domicilio, dado que usted tiene su domicilio actualizado, si no lo han hecho así, entiendo que la Administración debería, en principio, retroaer el expediente al momento posterior a sus recursos, notificarles los mismos, para que usted pudiera defenderse, y a la vista del resultado, en última instancia, y con todas las garantías legales, es cuando si no ha pagado, tras agotar la vía de apremio, procedería, en su caso, el embargo de sus bienes, , no antes.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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VELA ABOGADOS

VELA ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho Bancario

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Buenos días. En mi opinión, si no han sido notificadas debidamente, no cabe el embargo de bienes para el cobro de las mismas. Además, habría que mirar si han prescrito o no, pues desde 2008 han transcurrido ya 5 años, pero para ello habría que saber en qué fecha se recurrieron y demás detalles.
Si necesita más información, no dude en contactar con nosotros.
Un cordial saludo.
www.velaabogados.es

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