Reformas de casas abandonadas
Abogado propiedad intelectual Santiago de Compostela BERNARDO PENSADO VÁZQUEZ
Abogado de Santiago de Compostela especializado en Derecho Mercantil
Buenos días:
Le indico que la adquisición de una vivienda debe hacerse siempre a su propietario que, en caso de ser desconocido, se presume que es quien figure en el Registro de la Propiedad o en el Catastro Inmobiliario. Por tanto, la primera acción a realizar sería comprobar en ambos organismos la identidad del titular del inmueble. Ya le indico que en Catastro no dan información salvo a quien figure como dueño en su registro por culpa, dicen, de la Ley de Protección de Datos.
Si el dueño reside en el extranjero, podría intentarse su localización a través del Consulado de España en el país de que se trate o a través de otras personas que hayan emigrado al mismo.
En todo caso, puede ser una tarea muy laboriosa y bastante prolongada en el tiempo. Depende del asunto concreto.
Por último, indicarle que si una persona posee un inmueble durante más de treinta años, puede convertirse en su propietario por usucapión.
Saludos
Buenas tardes, vaya al Registro de la Propiedad correspondiente y solicite una nota simple de la vivienda que le interesa comprar a fin de conocer el nombre del propietario. Localizarle en Venezuela, Colombia o donde sea es una tarea muy complicada. Yo he visto recurrir a detectives privados para localizar a personas que no es posible hacerlo por vías, digamos, normales.