Renta de no residente.
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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Urbanístico
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Contestado
Estimo que en el año 2013, si ha permanecido en España desde el 1 de junio cobrando la prestación de desempleo, ha adquirido domicilio fiscal en España y puede declarar por el modelo 100 del IRPF (para residentes).
En esa declaración, está exentas de tributación la indemnización por despido improcedente siempre que no superé el límite legal previsto.
Quedo a su disposición para cualquier duda adicional.
Jesús Villodre
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