Renunciar a pensión de viudedad

Acabo de jubilarme y tengo derecho a pensión máxima.

Al estar recibiendo una pensión de viudedad, mi pensión es la diferencia hasta completar la máxima.

He preguntado en la TGSS si puedo renunciar a la pensión de viudedad para recibir mi pensión máxima. Y me comunican que las pensiones son irrenunciables.

Mi pregunta, es cierto que no puedo renunciar a la pensión de viudedad.

En el caso que vuelva a casarme, ¿perdería la pensión de viudedad, me quedaría con mi pensión reducida?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Contestado

Por contraer nuevo matrimonio o constituir una pareja de hecho se extingue la pensión de viudedad, salvo que concurran los requisitos legalmente establecidos para que no se produzca esa consecuencia, sin que por lo tanto su mera voluntad si renuncia pueda extinguir la pensión como le han dicho.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado herencias Tenerife María Alonso Álvarez Abogada
Contestado

Buenos días, podemos citarla en nuestro despacho para tratar este asunto. Un saludo

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