Reparto de herencia abintestato

Persona fallecida sin hijos sin testamento.
Al morir tiene tres hermanos con 3, 7 y 5 hijos sucesivamente.
Declaración de herederos abintestato y se declaran herederos 13 sobrinos y las madres de dos que habían fallecido sin descendientes.
Se inscribe finca rustica en el registro de la propiedad las partes proindivisas de cada uno de los herederos ( 13 sobrinos y dos madres de dos sobrinos fallecidos).
Se vende la finca pero ha muerto este año una de las madres que heredaba .
Como se hace el reparto del dinero de esta persona fallecida (madre de uno de los sobrinos)
Hereda su parte la fallecida mediante su representante.
Heredan los hijos de esta fallecida pues tenia inscrita su parte en el registro.
O se divide entre el resto de los herederos.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Cruz Antonio Gómez Coronel
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La madre del sobrino fallecido vivía cuando falleció esa primera persona que no tenía hijos, y a esa madre se la declaró heredera abintestato, se ha practicado la partición de herencia, pues se ha inscrito su parte proindivisa de la finca rústica en el Registro. Luego esa cuota indivisa ya forma parte de su patrimonio. La cuestión ahora ya, entonces, es la herencia propia de esa madre fallecida. Su cuota indivisa de la finca rústica la heredarán, quienes sean sus herederos, según su testamento, si lo hizo, o quiénes sean sus herederos abintestato, dependiendo de qué parientes le quedaban a su fallecimiento. Parece que le quedaban otros hijos a su fallecimiento, con lo cual, salvo lo que pudiera constar en un posible testamento, serán esos hijos suyos los herederos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Vicenç Mitjana Rabasa - ADVOCAT

Vicenç Mitjana Rabasa - ADVOCAT

Abogado de Tremp

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Buenos dias,

si la persona fallecida tiene descendientes ( hijos ) heredan éstos al ser herederos forzosos, y si no tiene la herencia se repartirá con los sobrinos. Si necesita cualquier aclaración le puedo asesorar desde mi despacho y muy amablemente le atenderé. Visite nuestro perfil y póngase en contacte conmigo. Saludos cordiales.

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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En este caso, la parte que le correspondía a la persona fallecida pasa a sus herederos forzosos, es decir, a sus hijos.
Para cualquier consulta adicional, no dude en contactar con nosotros.
Jesús Villodre

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Abogados Quirós

Abogados Quirós

Abogado de Oviedo especializado en Derecho Laboral

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Buenos días,

Heredan los hijos de la fallecida, puesto que los descendientes son los herederos forzosos.

un saludo,
Abogados Quirós

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Carbonell Barber Abogados

Carbonell Barber Abogados

Abogado de Carcaixent especializado en Derecho de Familia

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Si la persona fallecida tiene descendientes, serán éstos los herederos. En caso contrario, se haría el reparto entre los sobrinos.

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ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo

ABOGADO DIVORCIO VALENCIA Lola Tormo

Abogado de Valencia especializado en Derecho de Familia

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Si la persona fallecida tenía hijos,estos son sus herederos,en caso contrarío,los sobrinos.

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