Responsabilidad por muerte atragantamiento en un restaurante.
Estimado/a amigo/a, además de la prescripción de la acción, que quizás podría salvarse interpretando que se trata de una responsabilidad derivada de un incumplimiento contractual, dado que el fallecido era cliente del restaurante, quizás el escollo más grande sería demostrar la negligencia o responsabilidad del restaurante: ¿la carne estaba en mal estado?, ¿la sirvieron cortada lista para comer, o el trozo fatídico lo cortó la víctima? Son preguntas que tendrían que hallar no sólo respuesta, sino acreditación. En cuanto a la cuantía, en realidad no hay límite, pero dependerá de si tenía hijos menores, o deja viuda, etc.Un saludo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
En mi opinión usted tan solo disponia, a contra de la fecha del fallecimiento de un año, por lo que entiendo que la acción ha prescrito.