Responsabilidad personal subsidiaria para un delito que ya tiene pena de prisión.

Buenas tardes,

¿En caso de acumulación de la pena, si aparte existe una responsabilidad personal subsidiaria por insolvencia para el mismo delito, ésta se añade a la pena sobre la que se aplica 'el triple de la mayor', o se acumula siendo una pena aparte?

Es decir, la responsabilidad personal subsidiaria para un delito que ya tiene pena de prisión, junto a otros delitos. ¿Se acumula? ¿O se añade a la pena principal?

Gracias,

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Abogado Penitenciario Barcelona Bufete Larios
Contestado

Buenas tardes. La responsabilidad personal subsidiaria se aplica cuando el condenado a una pena de multa no la paga. Por tanto, si existen otras condenas con penas de prisión la responsabilidad personal subsidiaria va a parte y en consecuencia no es posible su acumulación. En caso de que se realice la triple de la mayor la responsabilidad personal subsidiaria siempre irá a parte y se deberá cumplir. Es decir, siempre habrá una pena de prisión de cumplimiento de "x" años o meses y a parte la responsabilidad personal subsidiaria. Un saludo, Bufete Larios ~ Abogados.

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