Revisión de contrato y cambio de convenio
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Abogado de Pozuelo de Alarcón especializado en Relaciones Sindicales
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Buenas tardes,
en respuesta a su pregunta, el art.44 de LET establece que en su caso deberá regirse por el convenio al que estaba suscrito, por su anterior empresa. Cuando éste expirara, su relación laboral pasaría a estar regido por el convenio colectivo de su empresa actual (hostelería). Sin embargo existe la posibilidad mediante acuerdo individual con su empresa actual de modificar sus condiciones laborales, pero ya digo que debería negociarlo de forma específica con su empresa. No se trataría de negociar la aplicación del nuevo convenio sino de modificar las condiciones actuales de su contrato de trabajo.
Habría que estudiar mejor su caso.
Si necesita algún apoyo adicional, puede ponerse en contacto con nuestro despacho. C/ Ruiz de Alarcón, 14
Madrid 28104
Un saludo
Abogado Despido Colectivo Madrid Quilez Abogados
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Seguridad Social
Cuando hay subrogación la empresa que subroga tiene que mantener el convenio de aplicación a esos trabajadores hasta que termine la vigencia del mismo (en este caso el de Oficinas y despachos). Terminada la vigencia, el convenio de aplicación debería ser el de la empresa, en su caso el de Hostelería.
Todo dependerá de si les contrata la misma empresa y realizan las mismas funciones. En cualquier caso si se ha subrogado a una empresa ha de mantener la aplicación del convenio que se le aplicaba en la empresa de origen hasta que éste pierda vigencia.