Revisión de sentencia de divorcio
Buenos días.
Desconozco muchos detalles del asunto que me harían más fácil responderle.
Sin embargo, entiendo que usted no ha reclamado las cantidades que su ex marido debería haberle abonado. En ese caso, decirle que son reclamables las correspondientes a los últimos cinco años.
Tengo la duda de si la decisión de cederle las acciones fue acuerdo que se homologó ante el juez o simplemente actuó así pensando que, de esa manera, su ex cumpliría con sus obligaciones, ya que, en uno u otro caso, las circunstancias cambian.
Asimismo, que sus ingresos hayan descendido no quiere decir que esté exento de sus responsabilidades.
Si desea ampliar información, póngase en contacto con nosotros y le asesoraremos en estas cuestiones más ampliamente conociendo esos detalles que nos faltan. Saludos.
ABOGADO PENAL CÁDIZ NV ABOGADOS
Abogado de Puerto de Santa María especializado en Derecho Penal Económico
Si sigue abonando los 1000 € y Vd. cree que la empresa es cierto que pueda ir mal y con lo que recibe Vd. puede hacer frente a los gastos de luz, agua y contribución, esperaría a que él le demandase una revisión de sentencia. En el caso de que reciba una demanda, contacte con nosotros que le defenderíamos para que se cumplan los términos de la sentencia de divorcio tal y como se determinó en la sentencia. En el supuesto que deje de pagar, avisenos antes y demandaremos nosotros. No obstante, si lo desea, puede contactar telefónicamente con nosotros para asesorarse de forma gratuita.