Robo con fuerza sin antecedentes
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Si la desbrozadora se la cedieron y usted la vendio, no sería un robo sino un hurto, y el articulo 234, párrafo primero, del Código Penal, establece que "El que con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraido excede de 400 euros." En el caso en cuestión parece ser que la cuantia era de 120 euros. Por otra parte quien acusa tiene que probar los hechos. Si no tiene antecedentes penales, dificilmente pueda ir a la carcel. Ahora bien, si lo citan a juicio, busquese un abogado penalista y defiendase..
El problema parece ser que le acusan a usted del primer robo, el que se hizo en la nave donde se robó la maquinaria. Habría que ver la denuncia, pero no me encaja lo del robo con fuerza si se entró por un hueco que había. Como todo, el denunciante y el fiscal tienen que probar que fue usted y no otro quien robó la máquina. Un saludo