Sanción por alcoholemia

Buenos dias,

El 30 de Marzo me paró la policia local y me hicieron un control de alcoholemia. El resultado fué muy superior a 0,60 gr/l y por tanto debería haber ido por la vía penal, pero en el resguardo del boletín de denuncia pusieron que la primera prueba fue de 0,60mg/l y en la segunda 0,62mg/l (favor que me hicieron para que no fuera delito ya que tengo entendido que toman el resultado mas bajo).

Este mes de noviembre me ha llegado la notificacion de resolución sancionadora con el hecho denunciado de Circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,50 gramos por mil c.c., qeu es la reglamentariamente establecida, sobrepasando 1,00 gr/l (Para conductores en general). En definitiva, 500€ y pérdida de 6 puntos. ¿Es posible recurrirl o? ¿No deben tener el resguardo del etilómetro ya que en la multa pusieron otra cifra a la que dió el etilómetro (a mi favor)? ¿Pueden modificar la sanción al ver que recurro?

Muchas gracias

Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Contestado

Tendría que ver la resolución. la administración tiene un plazo de 6 meses para resolver un expediente sancionador y la caducidad es de un año. Quizás podría hacer alegaciones para retrasar el proceso y tal vez pudiera conseguir que le pasaran los plazos. En cuanto a la cuestión de fondo lo tiene Vd muy difícil por no decir imposible, pero podría tratar de jugar con los plazos y tal vez prescribiera.
No pueden modificar la sanción, en todo caso bajarla, pero nunca subirla.

Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Contestado

Puede Vd. recurrirla, solicitando una copia del expediente a fin de visualizar todos los aspectos y datos necesarios para hacer alegaciones, aunque la multa es la que le imponen y en período voluntario puede llevar rebaja; efectivamente deben conservar como prueba las tiras del etilómetro que deberá estar homologado y revisado para poder servir de soporte a una sanción. Espero haber sido útil, saludos cordiales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Contestado

Buenos días, por el hecho de recurrir una resolución administrativa, la administración no puede volver atrás y manifestar una infracción superior a la establecida inicialmente, ni por consiguiente pueden imponer una sanción superior a la inicialmente establecida, por lo que no debe tener temor en recurrir la sanción que le han impuesto de 500€ y 6 puntos.
Espero haberle sido de utilidad.
Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogados Getafe - Tecnoderecho Asesores

Abogados Getafe - Tecnoderecho Asesores

Abogado de Getafe especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Entiendo que usted puede recurrir la sanción perfectamente, nunca se sabe cuando ha podido existir un defecto en la tramitación de la misma. No obstante, y teniendo en cuenta que ya ha rebajado en gran medida su posible delito, convirtiéndolo en sanción, le recomiendo que proceda al pago de la multa con descuento.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100
Contestado

Buenas tardes, si usted ya tiene un sanción por el mero hecho de recurrirla ante la Administración ésta no puede aumentarle dicha sanción. Tiene un plazo de 6 meses pero una vez que recurra ya no tiene derecho al descuento. Espero que le sirva la información. Reciba un saludo cordial.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
ABOGADOS POR TU INDEMNIZACION

ABOGADOS POR TU INDEMNIZACION

Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil

VER PERFIL
Contestado

Quedamos a su entera disposición para aclararle todas sus dudas en relación a su pregunta, en el email portuindemnizacion@gmail.com

Recibe un cordial saludos

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado