¿Qué sanción me pueden poner por una falta de insultos y amenazas?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Ya no existen faltas por las conductas que describe, sino que sólo existen delitos, por lo que si es condenado le quedarán antecedentes penales, los cuales podrá cancelar en su día cuando cumplan los requisitos legalmente establecidos; 2) Si en el juicio rápido manifiesta su conformidad con lo que le pida el fiscal tendrá como premio la reducción de la tercera parte de la pena, por lo que tendrá que valorar esa posibilidad en función de la prueba de que disponga en su defensa; en otro caso el procedimiento se transformará en otro o será citado en su día a juicio en el que se decidirá si cometió o no los hechos que se le imputan; 3) Sobre las posibles penas le remitimos a los art. 205 y siguientes del Código Penal; 4) Por todo ello, estando citado para un juicio rápido le recomendamos que busque a un abogado con el que pueda tener una entrevista antes del juicio para preparar la estrategia a seguir; 5) Si desea contactar con nosotros lo puede hacer.
En relación a su consulta le indico que por dependerá de la gravedad de los mismos . siendo facultativo del juez si entiende que pueden ser constitutivos de gravedad . Posiblemente de lo contrario se archive. Si desea en lo sucesivo tener la asistencia de un letrado puede contactar con nosotros. Saludos.
Estimado cliente: Entiendo que ya habrá recibido la sentencia pero el importe de la multa depende de la valoración que el juez haga de los hechos.