¿Se puede demandar por incumplimiento de régimen de visitas?
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Debiera consultarlo con el abogado que le lleva el caso y si no dispone del mismo debiera designar uno especializado que le asesore y defienda.
Hasta que no reciba la demanda, no va a saber s es cierta su existencia ni su concreto contenido, por lo que debe de esperar a conocer su contenido.
El incumplimiento de su derecho-deber de visitas puede penalizar el régimen si no tienen justificación y si se prodigan en el tiempo se podrá solicitar su modificación, a fin de evitar la situación de espera que ello conlleva y la imposibilidad de realizar planes los días de visita, etc.
no es muy recomendable generalmente, judicializar todo lo que sucede en el cumplimiento del convenio una vez producido el mismo; además del coste económico que supone, hace que la relación entre los padres se torne muy difícil o imposible y ello puede perjudicar al menor.
Busque el asesoramiento profesional de un abogado, para dar pasos asesorada y con pleno conocimiento de sus consecuencias, costes, etc.
Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Abogado Herencias Córdoba Navarro Cabanillas
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
Buenos días, si el es abogado, nosotros le asesoraremos para que su situación pueda cambiar.
Un saludo.