Se puede reabrir de nuevo una causa penal con una sentencia.

Hola soy un hombre y fui agredido por parte de mi ex pareja (mujer) le pedía el fiscal a ella 3 años de prisión y su Señoría dio una sentencia de no culpabilidad con derecho a recurso. Claro viendo en un principio la actuación de mi letrado decidí cambiar de letrado y que hiciera el recurso otro letrado. No hubo problema en pedir la venia al anterior letrado pero cuando mi nuevo letrado solicitó un aplazamiento para poder presentar el recurso se le deniega. Y quedamos en eso. Eso hace ahora mismo un año, está persona, incluso está en la actualidad en prisión creo que por atentar contra un policía o guardia civil.. Lo que me gustaría saber es si es posible reabrir el caso y como puedo hacerlo. Ya que veo que es una cosa que hizo y creo que intervino mas su condición de mujer.

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Buenos días, tenemos la duda de si el letrado que le hizo el recurso de apelación recurriendo la sentencia solicitó el aplazamiento para la presentación del recurso porque estaba fuera de plazo.¿Fue así o la razón por la que pidió el aplazamiento fue por el cambio de letrado?
Es cierto que todas las causas se pueden reabrir, siempre y cuando haya habido cambios notorios en las actuaciones. Pero en su caso no queda claro si pudo finalmente su letrado presentar el recurso de apelación. SI lo pudo presentar dudo que se pueda reabrir. Y si no fue posible presentar dicho recurso, probablemente el Juzgado no admita que se reabra el caso por ya dictarse sentencia en su día y por ser firme la misma.
Si desea más asesoramiento puede ponerse en contacto a :m.eugenialarios@icab.cat
Un saludo.

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Ballesteros & Ruiz Abogados

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Cuando en un asunto, ha recaído sentencia y esta es firme, es decir que ya no es posible recurrirla ante ninguna instancia, estamos ante cosa juzgada y por lo general no es posible volver a hacer que el juez valore de nuevo el asunto. Si quiere que le asesoremos al respecto, obtendrá nuestros datos linkando en nuestro logo o bien puede escribirnos a ruizballesteros@icab.cat

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ABOGADO CÓRDOBA MANUEL GARCIA ORELLANA. FIRMA ABOGADOS

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Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia

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De su pregunta deduzco que la sentencia absolutoria es firme al no haberse interpuesto contra ella recurso alguno. Si es así no hay posibilidad alguna de reaperturar el procedimiento.

Un saludo.
Para más detalles mgoabogado@icacordoba.es

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MARTIN ORTEGA ABOGADO

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Abogado de Almería especializado en Derecho Civil

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No, no es posible reabrir el procedimiento. Al no haber recurrido, la sentencia es firme, ya hay cosa juzgada.

Un saludo.

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