¿Se puede solicitar el cese de la atribución de la vivienda con hijos mayores de edad?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
El régimen aplicable es el que resulta del convenio aprobado judicialmente, por lo que es necesario examinar dicho convenio para ver si puede tener viabilidad o no su postura. Ahora bien, si la hija común sigue viviendo con su madre en la casa, a pesar de ser mayor de edad, y si sigue usted pagando una pensión alimenticia por ella, su pretensión no tiene ninguna viabilidad; en otro caso, habría que estudiar el convenio y las circunstancias concretas de su caso para ver si se puede hacer algo. Si desea que le prestemos asesoramiento puede pedirnos un presupuesto.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días: la vivienda generalmente se atribuye a los menores y al cónyuge a quien se atribuye su guarda y custodia. Habría que ver el convenio que suscribieron y si los hijos aún siendo mayores de edad, continúan en el domicilio familiar completando su formación o en busca de su primer empleo y para el caso de que sus hijos no vivan en el domicilio familiar, la vivienda entiendo que si es ganancial, usted tendrá que plantear el procedimiento para liquidar su sociedad de gananciales que en el mejor de los casos obtendrá un 50%. Un saludo.
Buenos días,
Deberíamos revisar su convenio para responder con mayor fiabilidad.
En principio, aunque su hija sea mayor de edad, si está estudiando y/o no es económicamente independiente, la relación y pensión de alimentos siguen siendo reguladas por el convenio actualmente en vigor.
Si sus condiciones económicas han variado ostensiblemente desde el momento de firma del Convenio, podría iniciarse un procedimiento de modificación de medidas.
Quedamos a su disposición para ayudarle. info@avinabogados.com 914110434
ABOGADO LABORAL ALCALÁ DE HENARES - Elena Martinez Moncada
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Laboral
Buenas tardes para darle una respuesta concreta sería necesario comprobar que dice la Sentencia de divorcio y el convenio regulador, no obstante decirle que la atribución de la vivienda de forma indefinida, a la que hace usted referencia en su pregunta, no es posible. Su caso debe ser estudiado, con el fin de valorar las posibles acciones que puede usted iniciar, en busca de solución a su problema, para lo cual estamos a su disposición en nuestro despacho. Muchas gracias por su consulta, saludos.
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
Buenos días; no obstante ser su hija mayor de edad, si no ha adquirido vida independiente y sigue bajo la guarda y custodia de su madre, y sigue recibiendo alimentos, la vivienda la seguirá disfrutando la madre; una vez que su hija adquiera vida independiente, habrá de estarse a lo que se establezca en el convenio, y si nada se establece en el mismo, se podrá instar lo que se pretenda.
La atribución del domicilio se hace en función de que en él residan los hijos comunes, da igual su edad. Si ya no existen hijos comunes que residan en el mismo, y su mujer no está en una situación de vulnerabilidad, no tiene sentido dicha medida, y me imagino que usted querrá disolver el condominio de dicho bien. Debería solicitar la extinción para poder vender dicho bien.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Habría que estudiar su sentencia y convenio, pero la atribución nunca es indefinida.
Habría que ver si las circunstancias que se tuvieron en cuentan cambiado, si sus hijas son mayores y tienen ingresos etc...
Ponemos a su disposición nuestros abogados de familia en Madrid.
Un saludo.
ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil
Usted podría presentar una demanda de modificación de medidas solicitando el cese de la atribución del uso de la vivienda. Si lo desea puede ponerse en contacto con este despacho.
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes.
Para poder contestarle tendría que ver el convenio que firmaron.
Un cordial saludo