Segunda opinión: gastos antiguos de antes de aceptación de herencia
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Abogado sucesiones y herencias Boadilla del Monte - Fernando Llorente Peciña
Abogado de Boadilla del Monte especializado en Derecho Civil
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Contestado
Buenas tardes:
Si su abogado le ha dicho que los gastos se pueden reclamar después de la aceptación y adjudicación de la herencia sus razones tendrá. Nadie sabe mejor que él la documental que se pueda aportar para poder poner en el pasivo de la herencia esa deuda, me refiero a los gastos de la casa de Alicante.
Si se puede demostrar con documentación el pago de esos gastos por parte de su madre de forma indubitada, entonces se pueden poner en el pasivo de la herencia, en caso contrario, tendrán que reclamarse después, ya que se tendrá que demostrar ese pago y se tendrá que hacer en el juzgado.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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