señora de la limpieza
Como señala mi compañero el salario para 2012 era de 5,02 €/hora, en la actualidad algo más, poco más.
En cuanto a la forma del contrato, para las empleadas de hogar, y ya he dado de alta a varias, el contrato escrito y registrado en la oficina de trabajo no es necesario, y en León ya me he cerciorado en varias ocasiones, así que para el resto del país tampoco es requisito imprescindible, pues la normativa de empleadas de hogar es específica. Pero sí que lo recomiendo a todos mis clientes que sea escrito.
Espero haber ayudado.
Hernández de Pablos
Abogado de Valladolid especializado en Derecho Civil
Buenas tardes:
Su salario en dinero no podrá ser inferior a 5,05 euros/hora. Esa cantidad incluye todos los conceptos retributivos; salvo las percepciones en especie, si las hubiere (manutención, por ejemplo). Y debe causar alta en la Seguridad Social.
Como se trataría de una trabajadora eventual, el texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores, aplicable porque a ese texto se remite la norma reglamentaria que regula el trabajo doméstico, exigiría contrato escrito.
Quedo a su disposición.
Cualquier empleada de hogar debería estar dada de alta por su empleador -usted, en este caso- en la seguridad social. Recientemente se han modificado los criterios de cotización y algunas otras cuestiones.
En cuanto al sueldo, hay un límite mínimo y partiendo de él se puede pactar entre empleado y empleador.
El contrato escrito no es obligatorio, pero sí muy conveniente.
Saludos.
Buenas tardes,
Cualquier empleada de hogar debe estar dada de alta en la Seguridad Social con cargo a su empleador, en este caso usted, y pagar usted las cuotas de la Seguridad Social.
En cuanto al salario, existe un mínimo legal y partiendo de él, pueden pactarlo entre empleado y empleador.
En cuanto al contrato escrito no es obligatorio, pero sí muy conveniente.
Saludos.