Separacion sin estar casada con hijo

Buenos dias me gustaria recibir informacion sobre separaciones de pareja sin estar casada y sin ser pareja de hecho, tenemos un hijo en comun de 7 años y vivimos juntos desde el 2001 estando empadronados en el mismo domicilio, tenemos una vivienda en propiedad de la que estamos pagando la hipoteca. En caso de no llegar a un acuerdo quien se quedaria en la casa y quien tendria que irse??, con quien se quedaria el niño??, que derechos tenemos mi hijo y yo???. De la propiedad de la vivienda él tiene un 80% y yo un 20% en escrituras.Actualmente los dos tenemos trabajo. Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenos días.
En el caso de la separación de una pareja que tienen un hijo en común, lo normal es firmar un convenio regulador de relaciones paterno-filiales, que viene a ser lo mismo que el convenio que se firma en caso de separación matrimonial o divorcio.
En cuanto al menor, si no hay acuerdo, se puede solicitar la custodia compartida, y si el Juez no la autoriza, le puede dar la custodia a la madre, debido a la edad del menor, por lo que se establecería judicialmente las medidas de dicha separación para las relaciones del padre con el menor.
En cuanto a la vivienda, su uso se atribuye siempre al menor, por lo que la disfrutará el progenitor al que se le adjudique la custodia, y con independencia de quien sea el propietario. Por esa razón es siempre preferible intentar un acuerdo.
Si los dos están trabajando no habrá lugar a pensión compensatoria.
El pago de la hipoteca tendrá que seguir haciéndolo el propietario dela vivienda, no obstante me gustaría, en su caso, estudiar la escritura de compraventa y de hipoteca, ya que he sido oficial de Notaria durante mas de 40 años.
Si desea cualquier aclaración o contar con nuestros servicios no dude en ponerse en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE

ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE

Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil

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En su caso, al no estar casados se van a regular en el Juzgado todo lo relativo al menor: la atribución de la custodia (que se hará a la persona que se considere mejor para el interés del menor), el establecimiento de una pensión de alimentos a cargo del progenitor al que no se le atribuya la custodia, régimen de visitas y el uso de la vivienda familiar (que se va a atribuir generalmente al progenitor que obtenga la custodia del menor).
Sin necesita cualquier otra información o aclaración no dude en ponerse en contacto conmigo. Un saludo.

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José Ángel de Villota Villota

José Ángel de Villota Villota

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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El uso y disfrute de la vivienda como la guarda y cutodia del menor, lo decide el Juez en atención al interés de éste. Para saber que es mas benficioso para él si no hay acuerdo entre los padres, el juez decide en base a la prueba que se presente,
documental, testifical, informe psicosocial del Juzgado de Familia.

Una cosa es el uso y disfrute de la vivienda y otra es la propiedad de la misma, que puede iniciar acción de división de cosa común.

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JUAN PÉREZ ARANDA

JUAN PÉREZ ARANDA

Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

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Habría que interponer una demanda de medidas paterno-filiales, por la cual se solicitaría la custodia exclusiva del hijo, una pensión de alimentos para el menor a pagar por el padre (no cabe pensión compensatoria al no existir matrimonio que disolver y estar los dos trabajando) y la atribución del USO de la vivienda por tener la custodia del hijo menor (la propiedad seguiría igual, intocable).
Saludos cordiales.

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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
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El procedimiento y las consecuencias respecto a los hijos y al piso son iguales a los de una separación o divorcio de pareja casada.
Se atribuirá la custodia al progenitor que el juzgado considere más idóneo, y a ellos se adjudicará el uso y disfrute del piso. Se fijará un régimen de visitas para el progenitor no custodio y una pensión de alimentos a satisfacer por el mismo progenitor no custodio.

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