Si la madre cobra la pension de alimentos, tiene la obligacion de preparale para el fin de semana y las vacaciones la ropa de los niños al padre??
ABOGADO CIVIL ROQUETAS DE MAR JOSE LUIS LLAMAS PASTOR
Abogado de Roquetas de Mar especializado en Derecho Laboral
Habrá que estar a lo pactado en el Convenio Regulador o en la sentencia. Si no está previsto, se lo haría saber a la madre a la entrega del niño o mediante burofax si se negase, dejando constancia de la información, a fin de evitar el que niegue tener conocimiento del problema. En cualquier caso siempre habría que documentar el coste de la compra que se produjese, y si persistiese en la negativa de entregar la ropa procedería a reclamar la mitad de su precio en la forma procedente. En cualquier caso, ante la negativa persistente de la madre optaría por emprender una acción de modificación de las medidas de alimentos acordadas sobre este particular. Sería cuestión de valorar el coste económico para tomar la mejor solución. Para solicitar cita jllamascnr@gmail.com.
ABOGADO VIOLENCIA DE GÉNERO ALMERIA INMACULADA VELA JIMENEZ
Abogado de Almería especializado en Derecho Penal
Buenas tardes, informarle primeramente que la cantidad entregada en concepto de pensión de alimentos incluye los gastos de ropa, manutención, vivienda, etc.. Sin embargo, los gastos extraordinarios (médicos, clases extraescolares, en ocasiones libros de texto, uniformes y cualquier otro concepto que expresamente se indique en la Sentencia) deberán ser abonados al 50% entre ambos progenitores, y por lo que comenta deberá ser acreditado dicho gasto mediante la factura correspondiente. Es por ello que la madre deberá prepararles las ropas que los menores van a utilizar durante el tiempo que estén con usted. Para más información, puede pedir cita en el correo ivelajabogados@hotmail.es. Un saludo,