Subrogación no aceptada

Buenas tardes, en mi empresa nos quieren hacer una subrogación a otra la cual no está interesada en esto ni ha confirmado nada con mi actual empresa. Donde estoy ahora me dicen que el día 7 me dan de baja en la seguridad social quieran o no los otros hacer subrogación.
¿Esto hasta q punto es legal y lo pueden hacer? Nos quedamos sin trabajo sin indemnización y sin paro? Llevo 15 años en esta empresa

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Abogado sucesiones y herencias Boadilla del Monte - Fernando Llorente Peciña
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La empresa puede hacerlo pero eso tendrá sus consecuencias.
Usted tendrá que seguir acudiendo a su puesto de trabajo hasta que se le despida o cierre la empresa, cuando ese hecho se produzca tendrá que presentar una Papeleta de Conciliación ante el SMAC reclamando su indemnización por despido improcedente y su finiquito, así como los salarios dejados de percibir.
Si el próximo día 7 le presentan un finiquito firme y ponga "No conforme"
Según los acontecimientos que se produzcan tendremos que reclamar a su actual empresa únicamente o también a la nueva empresa.
Si tendrá derecho a paro en caso de que la empresa actual cierre y la nueva no le contrate y también derecho a indemnización.
Si está interesado en que le lleve el asunto, póngase en contacto por el tfn que aparece en Lexdir .
Espero haberle ayudado, un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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RECURRE ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Administrativo

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Buenos días,

En el plazo de 20 días desde el despido, debes presentar papeleta de conciliación citando a ambas empresas y si no hay acuerdo, presentar demanda contra las dos empresas por despido improcedente, el Juez determinará cual de ellas es la obligada a hacerse cargo del trabajador y si la empresa responsable no desea subrogar al trabajador deberá indemnizarle por despido improcedente.
Mientras tanto, tienes derecho al cobro de la prestación por desempleo, hasta que se resuelva el procedimiento judicial.

Si estás interesado en nuestros servicios puedes contactar con nosotros y te facilitaremos un presupuesto cerrado. Si se trata de un grupo de trabajadores se aplicaría un descuento en función del numero de demandas a presentar.

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Cuando se produce una subrogación el trabajador no puede hacer nada, ya que la empresa entrante se subrogará en sus derechos y obligaciones (antigüedad y salario). El problema vendrá si la nueva empresa empieza desde el principio cambiando sus condiciones. En este caso no se aquieten y defiendan sus derechos.
En el caso de que la nueva empresa no los subrogara tendrán 20 días hábiles para interponer papeleta y demanda por despido.

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Abogado Cádiz - MYA MULTIGESTIÓN Y ABOGADOS
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Buenos días, en este caso lo primero que se debe hacer es una conciliación con la empresa mediante una papeleta de conciliación y si no hay acuerdo presentar demanda por despido improcedente. Contáctenos.

Un saludo

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