Suspensión de empleo y sueldo
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Buenas tardes:
En principio, no veo impedimento para hacerlo, pero en este caso, tiene que tener presente que no tendrá derecho a cobrar paro.
No obstante, puede valorar también impugnar la sanción, en caso de no estar de acuerdo con los hechos imputados en la misma. Para ello tiene 20 días desde su notificación.
Si necesita más información, puede contactar con nosotros
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Buenos días:
Lo más correcto para su mejor asesoramiento es que nos facilite toda la documentación de la que disponga con el fin de dar viabilidad a su pretensión.
Un saludo,
Miren Almazán
Abogada y Criminóloga
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