Tabique entre dos patios

Mi vecino insiste en que le pague un muro nuevo puesto que a su zona del tabique que separa su patio y el mío le ha salido una especie de “barriga”. Por mi lado del muro todo está bien porque enfoscamos la piedra y eso lo ha protegido de las inclemencias meteorológicas. El culpa a una obra que ejecutamos en ese patio en el año 92 que dice que con ella condenamos los albañales por los que se drenaba el agua. La primera noticia de la deformación del muro la acabo de tener ahora. No sé hasta qué punto tengo yo deberes sobre el tabique de medianera si además parece que tiene dos partes bien diferenciadas, es decir, la deformación de una de las caras no implica la deformación de la otra.
No quiero dejar de pagar nada en lo que tenga responsabilidad, pero me parece indecente pedir responsabilidades de algo que no ha ocurrido por una acción mía sino por un mal mantenimiento sostenido a lo largo de los años.
Me gustaría saber qué puedo hacer para evitar el enfrentamiento de una forma razonable.

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Abogado Civil y Administrativo en Madrid Miguel García Jiménez
Contestado

La pared medianera está regulada en el Código Civil español en los artículos 575 a 580. Estos artículos establecen normas claras sobre la convivencia y el uso de las paredes que separan propiedades. Por ejemplo, el artículo 579 permite que cada propietario realice obras en la medianera, siempre que no impida el uso común de los demás. Además, el artículo 654 presume que toda pared que sirva de separación entre edificios es medianera, a menos que se demuestre lo contrario. Para identificar si una pared es medianera, se deben cumplir ciertos preceptos establecidos en el artículo 572. Quedamos a vuestra disposición para más información

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado