Tarjeta de crédito con dos titulares según el banco

En el año 2005, avale a mi madre para un préstamo personal de 3000e, de dicho préstamo se volvió a llenar una tarjeta de crédito que tiene por importe de 2000e, mi madre tuvo que usar nuevamente la tarjeta por motivos diversos, actualmente ella sigue pagando su tarjeta de crédito, pero el director me dice que la tarjeta de mi madre es la mitad mia, pero yo no tengo tarjeta ni estoy ya de autorizada con mi madre, el banco me hizo firmar un seguro para cubrir segun la entidad el crédito pendiente en caso de fallecimiento de mi madre, pero yo lo he dado de baja ya que estaba a mi nombre, entonces mi pregunta es: si el préstamo de 3000e se terminó hace años, por que el banco me dice que la tarjeta de mi madre es para mi en caso de fallecimiento de mi madre? Si yo no he firmado ningún crédito, solo en su dia un préstamo personal de 3000e. Gracias espero haber explicado mejor.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Torre Del Mar Ivan García Corrales
  • 1 voto útil
  • Mejor respuesta según autor
Contestado

Buenas tardes, si usted también es titular de la tarjeta (puede ser que firmara dicho contrato junto con el seguro y el préstamo a la vez) probablemente exista una cláusula en el contrato que establezca que responde de toda la deuda de la tarjeta junto con su madre. Por dicho motivo es probable que el banco le indique que aunque fallezca su madre usted deberá afrontar la deuda derivada de dicha tarjeta. No obstante, estas tarjetas suelen contener cláusulas abusivas o rebasar el límite de la usura, lo que le permite solicitar la devolución de todo lo pagado indebidamente en concepto de intereses, lo que en muchos casos se traduce en que no existe nada a deber e incluso dinero a favor del cliente. Si lo desea podemos ofrecerle un estudio sin compromiso y responderle la cuestión con precisión. Sin examinar la documentación no podemos ofrecerle una respuesta concreta, solo posibles hipótesis. No dude en contactar con nosotros si lo necesita. Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado derecho concursal Granada - Miguel Ángel Manzano Fernández
Contestado

Buenas tardes.

Lo primero que debe hacer usted es no fiarse de nada de lo que le hayan contado en la entidad, y después debe de solicitar la documentación de aquella operación para saber a qué le obligaba y cual era la operativa. En el banco le van a contar cualquier historia con tal de que se cobre y reporte beneficio a la sucursal.

Por lo que comenta, parece que pudiera ser una operación de crédito tipo "revolving" o especie de préstamo recargable de saldo flotante, en el que las disposiciones se hacen a través de tarjeta. Es muy típico de entidades tipo Cofidis. Al ser usted avalista, no es que técnicamente la mitad del crédito o "tarjeta" sea suya, sino que respondería como avalista... La tarjeta sería un medio de disposición a crédito, y de lo que usted respondería es del crédito pendiente, con independencia de que la tarjeta esté a nombre suyo o de su madre. Ya habría que ver si se puede avalar indefinidamente o por qué importes... Pero eso es otra historia y, sobre todo, estamos conjeturando.

Lo fundamental es que exija la documentación de la operación para aclarar la situación, y con ella en la mano consulte a alguien externo al banco. Sólo con documentación se puede saber si debe responder, o no, y concretar a qué se obligó usted o qué es exactamente lo que avalaba.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Logo-anonimous-w100
  • 1 voto útil
Contestado

Entiendo que entre la documentación que firmaste del seguro aparecerás como beneficiaria o segundo titular.
Habría que ver la documentación que te hicieron firmar.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Plus
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
  • 1 voto útil
Contestado

Porque usted hereda a su madre. Pero vamos no tiene por qué quedarse con la tarjeta..

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado